Ni “primitivos” ni “carentes de apertura mental” // Colectivo Simbiosis Cultural
“(…) las pautas culturales de los pueblos del altiplano (…)”
Dr. Norberto Oyarbide, Juez,
2008
“(…) es costumbre entre
los bolivianos (…)”
Dra. Norma Bouyssou,
Defensora Pública, 2016
A más de 10 años del
incendio del taller de costura de la calle Luis Viale que costara la vida a
Juana Vilca, Harry Rodríguez, Luis Quispe, Rodrigo Quispe Carabajal, Elias
Carabajal Quispe y Wilfredo Quispe Mendoza, reiteramos enérgicamente nuestro
pedido de justicia y denunciamos el uso de categorías discriminatorias hacia
personas de origen boliviano por parte de la defensa, que pretende justificar
la reducción a la servidumbre apelando a calificaciones que humillan y
violentan a todos los involucrados. Consideramos que los argumentos de la
defensa revisten una gravedad inaceptable, toda vez que fueron esgrimidos por
una funcionaria pública, una “doctora” que forma futuros abogados en la
Universidad de Buenos Aires e incluso afirma tener “conocimiento de causa” por “haber dado cursos de
garantías a jueces de Bolivia”. La persona en cuestión apeló a argumentos
que no solo laceran a su propio defendido, sino que los hacen manifiestamente
extensivos al conjunto de la “cultura” de los
bolivianos.
En palabras de la
Defensora, los bolivianos “están acostumbrados, son
sumisos, viven con hábitos y costumbres”. Según esta lógica, tendríamos que
entender que en Argentina hay ciudadanos que no deberían reclamar por sus
derechos, ya que están presos de sus “parámetros culturales”.
Durante el juicio, las únicas personas que intentaron reclamar por las
condiciones de trabajo, animándose a denunciarlas, fueron acusadas por falso
testimonio. La defensa llegó al extremo de afirmar que “en el contexto en el que se mueve (uno de los acusados),
su mente es bastante primitiva”, enfatizando en la “poca apertura mental” y en su “sociabilidad diferenciada”,
con lo cual se pretende juzgar de manera diferente dado que “lo que para nosotros es reducción a la servidumbre, para
Sillerico es ayudar a un paisano”. De hecho, no es la primera vez que se
utilizan las llamadas “pautas culturales” para justificar contextos de
explotación en la industria textil. Los argumentos propuestos por la defensora
fueron refutados hace ya más de 8 años en el contexto de otro juicio de
características idénticas, donde el Dr. Gabriel Juricich pretendió justificar
el accionar de sus defendidos de un modo análogo, dando pie al tristemente
célebre fallo del Juez Norberto Oyarbide, en el que se sobreseyó a los directivos
de la firma Gilmer S.A., comercializadora de la marca de moda SoHo, bajo el
pretexto de que no había explotación sino “pautas culturales”.
Detrás de la idea de “ellos son así: son re
laburadores” se oculta una
estrategia ignominiosa y se corre el eje en el cual se juzgan delitos penales.
Esa anulación como
persona, la infantilización, el pensarnos inferiores, forman parte del mismo
tipo de pensamiento, el paternalista, del quien se define como el salvador,
quien tiene que liberar de esas condiciones o quien tiene que juzgar de manera
diferenciada. De cualquiera de las dos formas de expresarlo, se lo hace desde
la misma postura, desde el mismo pensamiento.
No vamos a caer en el juego culturalista propuesto
por la Dra. Bouyssou. No vamos a cambiar el eje del juicio. No vamos a olvidar
quiénes son los verdaderos responsables de esta y todas las tragedias que
apelan a atenuantes “culturales”. 64
personas trabajaban en condiciones irregulares para el rédito económico de los
dueños de las máquinas, el inmueble y las marcas. Son Fischberg y Geiler. Los
actuales imputados tienen la responsabilidad que les corresponde, pero la
cadena no comienza allí. Las condiciones de trabajo eran comprendidas
perfectamente por los capataces y eran definidas por los dueños, quienes son
solidariamente responsables por las condiciones en las que trabajaban sus
empleados, tercerizados a 150 metros de la fábrica.